La cuenta atrás empieza cuando entregas las llaves: ¿cuánto tarda en volver a tu bolsillo la fianza y qué pasa si el casero se hace el sordo?
Hay un apretón de manos, suena el ascensor, sales con una bolsa y una duda: ¿y ahora, cuánto tardarán en devolverme la fianza? *La espera se hace larga.* En el buzón aparece el silencio, en el WhatsApp las palomas, y en la cabeza ese cálculo torpe del mes que se estira como un chicle.
En el calendario, un círculo rojo: día 31. Si llega y no hay transferencia, se activa algo que mucha gente desconoce. Una frase corta, seca y poderosa.
El plazo real y el “clic” de los intereses: lo que dice la ley sin rodeos
La Ley de Arrendamientos Urbanos no habla en susurros. Marca un plazo: un mes desde la entrega de las llaves para devolver la fianza al inquilino. Ese mes no se cuenta “a ojo”; arranca cuando termina el contrato y el piso vuelve a manos del propietario, con acta o recibo de entrega. Transcurridos 30 días naturales sin devolución, la cantidad pendiente empieza a generar el interés legal del dinero. No es un capricho: es un derecho. Y pone fin a la eterna discusión del “te la hago la semana que viene”.
Imagina un alquiler de 900 euros, entrega de llaves el 1 de abril. Si el ingreso llega el 20 de mayo, hay 19 días de retraso sobre el mes legal. Ese tramo devenga intereses al tipo legal vigente (fijado cada año en los Presupuestos Generales). No hace falta ser contable: interés simple, proporcional a los días. Y sí, aunque el casero no haya recuperado aún la fianza depositada en el organismo autonómico, tu reloj no se detiene. El plazo corre igual.
La ley permite descontar de la fianza rentas impagadas o daños más allá del uso normal, pero exige justificación: facturas, peritajes o presupuestos. Pintura amarilla por el sol, juntas gastadas o una persiana cansada no son “daños”; son desgaste. Si hay discusión, el casero puede retener la parte en disputa, no toda la fianza sin explicar por qué. El interés se aplica sobre el saldo que efectivamente deba devolverse, no sobre lo que esté bien descontado. Transparencia y papeles, no corazonadas.
Cómo mover ficha sin quemarte: pasos claros y errores que te ahorran tiempo
La llave maestra es dejar rastro. Fotos con fecha, lector de contadores, y una “hoja de entrega” firmada que describa estado y llaves. Primer movimiento: mensaje cortés por escrito el día 25 recordando IBAN y fecha de entrega. Día 31 sin noticias: burofax con certificación de texto y acuse, citando el art. 36 de la LAU y reclamando la devolución y los intereses desde el día siguiente. Si hay organismo autonómico de fianzas (Incasòl, AVRA, etc.), pregunta si el depósito está allí y desde cuándo. Es corto, es claro y funciona.
Todos hemos vivido ese momento en que dudas si insistir o esperar “un poquito más”. El riesgo es regalar tiempo. Error típico: devolver las llaves sin documento ni fotos, o aceptar descuentos genéricos por “limpieza” sin prueba. Otro clásico: reclamar por teléfono y no por escrito. Seamos honestos: nadie hace eso cada día. Por eso, prepara un guion sencillo y repítelo sin enfadarte. La firmeza es un tono, no un grito.
“Pasado un mes desde la entrega de llaves, el saldo de la fianza genera el interés legal del dinero. No hay debate: lo dice la LAU, art. 36.” — Marta R., abogada de vivienda
- Entrega con acta y fotos: fecha, contadores, llaves.
- Mensaje amable día 25; burofax día 31.
- Exige facturas si hay descuentos. Nada de “me han dicho”.
- Mediación/Consumo si se bloquea; juicio verbal hasta 6.000 €.
- Calcula intereses por días: tipo legal anual/365.
Qué sí pueden descontarte y qué no: la fina línea entre desgaste y daño
Hay una regla sencilla para respirar: el desgaste por uso normal es del inquilino y no se paga con fianza. Persianas que bajan pesadas, paredes con marcas del sofá, juntas de silicona que piden relevo… vida. Daño es otra cosa: vitro rota por golpe, puerta atravesada, humedad por fuga no comunicada. Ahí entran presupuestos, piezas y mano de obra. También se pueden retener rentas impagadas o suministros a tu nombre que quedaron colgando. Lo que no cuela son forfaits creativos y “limpiezas premium” sin factura.
Si el casero descuenta, que detalle en un documento: concepto, importe, justificante. Tú puedes pedir segundas fotos o un presupuesto alternativo si sospechas inflado. En vivienda habitual, la fianza legal es de un mes de renta; en uso distinto (local) son dos. Las garantías adicionales existen, pero están limitadas en vivienda. No mezcles cajas: fianza es una cosa, garantías otra. Reclama por escrito y guarda pruebas: todo lo demás es ruido.
Cuando hay desacuerdo, la vía rápida es la mediación municipal o las Juntas Arbitrales de Consumo si el propietario se adhiere. Si no, el camino es el juzgado, juicio verbal por cantidad. No hace falta abogado hasta 2.000 €, aunque ayuda si el caso se tuerce. El interés legal del dinero se pide en la demanda y se calcula hasta el día de pago. Y sí, hay caseros que rectifican con solo ver el burofax y el artículo citado. A veces, el calendario convence más que el pulso.
La fianza no es un bote para sorpresas ni una palanca para negociar después. Es un depósito con reglas concretas, un reloj claro y un “clic” de intereses que se oye en cuanto cae el día 31. Saberlo cambia el gesto con el que entregas las llaves y también el tono de la conversación. No es ir a la guerra, es poner orden. Cuando los dos lados entienden el guion, el final suele ser breve y sin drama. Y si hay pelea, la ley te presta la brújula y los minutos a tu favor. Compartir esa brújula hace menos largo el pasillo.
| Point clé | Détail | Intérêt pour le lecteur |
|---|---|---|
| Plazo de devolución | Un mes natural desde la entrega de llaves | Saber cuándo reclamar y desde qué día cuenta |
| Intereses por retraso | Interés legal del dinero sobre el saldo desde el día 31 | Recuperar lo tuyo y el coste del tiempo |
| Cómo reclamar bien | Acta, fotos, mensaje día 25, burofax día 31 | Pasos claros que evitan discusiones eternas |
FAQ :
- ¿Desde cuándo se cuenta el mes para devolver la fianza?Desde la entrega efectiva de las llaves y la restitución de la posesión. Mejor con documento firmado que lo acredite.
- ¿Cuánto es el interés legal del dinero?Es un tipo oficial que fija cada año el Estado. Consulta el BOE o el presupuesto vigente para saber el porcentaje aplicable.
- ¿Puede el casero quedarse toda la fianza “por limpieza”?No. Solo puede descontar gastos justificados y extraordinarios, con factura o presupuesto. La limpieza normal tras una mudanza no suele ser deducible.
- ¿Y si la fianza está depositada en el organismo autonómico?Es un trámite del propietario. No frena tu plazo: el mes corre igual. Él recupera allí su depósito y a ti debe devolverte en tiempo.
- ¿Qué hago si no responde ni devuelve?Escribe, envía burofax, calcula intereses y acude a mediación o al juzgado por cantidad. Guarda cada prueba desde el primer día.









Pour confirmer: le délai d’un mois court dès la remise effective des clés (avec document signé), c’est bien ça ? Et les interets légaux démarrent au jour 31 sur le solde après déductions justifiées (art. 36 LAU) ?